jueves, 9 de septiembre de 2010

Los vecinos tienen razón, pero si la construcción.. EN QUE QUEDAMOS VALERIO!

"Estamos de acuerdo con los vecinos"

El secretario explicó que la obra en cuestión se adecúa a la normativa vigente y cualquier posibilidad de modificar esa situación debe ser considerada en el Concejo Deliberante.

En momentos en que continuaba ayer el corte parcial de calle Alvarado al 1100, entre las 12 y las 14, en contra de la construcción en un edificio de 10 pisos en la cuadra, vecinos del sector se reunieron con el secretario de Obras y Servicios Públicos, Rubén Valerio, y con el presidente del Concejo Deliberante, Marcelo Ciccola, en procura de una respuesta a sus reclamos.

"Están preocupados no sólo por esa obra --cuyo expediente ya fue presentada al municipio-- sino que pretenden se suspendan todas las construcciones multifamiliares en el barrio", indicó Valerio a "La Nueva Provincia".

El funcionario manifestó estar "completamente de acuerdo con el planteo de los vecinos", aunque explicó que la obra en cuestión se adecúa a la normativa vigente y cualquier posibilidad de modificar esa situación debe ser considerada en el Concejo Deliberante.

Por otra parte, manifestó a los vecinos que la crisis hídrica --principal argumento que esgrimen buscando impedir la obra-- se extiende a toda la ciudad y que, en particular, el servicio en el barrio Universitario mejorará en el corto plazo con las mejoras que se ejecutan en la red.

"Estamos de acuerdo con el planteo que hacen porque conocemos la problemática, pero desde el Ejecutivo no tenemos las herramientas necesarias para suspender las construcciones, sea de manera temporaria o total", agregó Valerio.

Ciccola, por su parte, señaló que el Concejo analizará, en particular, el edificio a construir en la cuadra, para conocer si tiene adquirido el derecho y si el municipio puede garantizar que su ejecución no perjudique a los habitantes del lugar.

Señaló, además, que el arquitecto Marcelo Lenzi presentará hoy en el Concejo los lineamientos de modificación al Código de Planeamiento Urbano a aplicar en esos barrios, que desalentará la construcción de viviendas multifamiliares.

Por último, al término de su reunión con Ciccola, los vecinos manifestaron a "La Nueva Provincia" que los encuentros mantenidos habían servido para hacer conocer a los funcionarios la preocupante situación que viven desde hace varios años.

"No se trata de este edificio. No tenemos presión de agua y se nos desbordan las cloacas desde hace tiempo. Eso es lo que le manifestamos tanto a Valerio como a Ciccola", destacaron.

Cuando no se tiene ARGUMENTOS VÁLIDOS para debatir, se apela a la DESCALIFICACIÓN. Pensar que BORELLI es Secretario de Gobierno Municipal.

"La CVI responde a intereses de índole político"
El secretario comunal aseguró que "existe intencionalidad porque la entidad es claramente adherente a Integración Ciudadana".

El secretario de Gobierno municipal, Hugo Borelli, fustigó duramente a la Comisión Vecinal Interbarrial (CVI) por sus críticas al fallo del juez Gabriel Rojas -en el caso de la construcción de calle Fuerte Argentino 133-y aseguró que la entidad tenía una "clara intencionalidad política al ser adherente a Integración Ciudadana", el partido que lidera el concejal Raúl Woscoff.

Como se informara en nuestra edición de la víspera, La CVI manifestó públicamente su "profunda decepción" por el fallo del juez correccional Rojas, quien declaró nulo lo actuado por el juez de faltas Ricardo Germani y declaró libres de culpa a los propietarios y profesionales actuantes en la construcción de la vivienda multifamiliar en calle Fuerte Argentino 133.

Germani había sancionado al titular del bien con 15 mil pesos, además de prohibir la ejecución de tres unidades monoambientes proyectadas y modificar el uso del último de los pisos ejecutados.
La obra cuestionada fue aprobada por la Municipalidad, aunque posteriormente, una denuncia de la CVI permitió detectar que la construcción tenía un piso más en relación a lo permitido por el Código de Planeamiento Urbano (CPU), error que fue admitido por la comuna.

Borelli desacreditó ayer los dichos de esa entidad, al señalar "un contenido político" en sus manifestaciones.
"Existe esa intencionalidad porque, aunque tiene derecho de hacerlo, la CVI es claramente adherente a un sector político, como es Integración Ciudadana", indicó.

Por otra parte, consideró que no sólo los dichos de la CVI eran "una enormidad", sino que a la entidad se le había ido "completamente la mano" al referirse al accionar del juez Rojas.
"Es una barbaridad atacar ese fallo. La Justicia es un poder independiente y, en este caso, nuestro juez de faltas (Germani) falló y el de alzada decidió no convalidarlo", resumió.

El responsable del área de Gobierno agregó que a la "intencionalidad política del CVI se debe agregar su búsqueda de notoriedad".

"Qué una comisión vecinal critique de esta manera a la Justicia es inadecuado, creo que se les fue la mano", reiteró.

"No queremos la lógica de los piquetes en la ciudad"

El secretario de Gobierno, Hugo Borelli, reconoció como "genuina y legítima" la protesta de los vecinos de calle Alvarado al 1100, aunque criticó la práctica del corte de calle como método de protesta.

"Lo único que le pedimos a los manifestantes es que no incorporemos a Bahía Blanca la lógica del piquete, que para expresar nuestros derechos afectemos los de los demás.
"Por eso, les pedimos que protesten en la vereda, con pancartas o ante la prensa", señaló el funcionario.

Borelli explicó que el municipio "siempre va a estar con los vecinos" y reconoció que se trata de personas autoconvocadas, preocupadas por el crecimiento edilicio que ha experimentado el barrio en los últimos años.

"No advierten todavía que las obras que se han venido haciendo solucionará casi en su totalidad el problema del agua", agregó.

Por último, apostó al diálogo como herramienta de negociación y reconoció que, si bien el Código de Planeamiento Urbano vigente permite la ejecución de obras multifamiliares en la zona, anticipó que el futuro "va a restringir esa capacidad constructiva".

"En esa espera y con paciencia tenemos que encontrar la solución a este problema", agregó.

Los FALLOS de los jueces son opinables, quien diga lo contrario peca de AUTORITARIO !

EDIFICIO DE CALLE FUERTE ARGENTINO 133

Críticas vecinales para el fallo del juez Rojas

"Nos llama la atención la escasa fundamentación y la falta de argumentación del veredicto", dijeron desde la Comisión Vecinal Interbarrial.


Integrantes de la Comisión Vecinal Interbarrial (CVI), entidad que agrupa a residentes en los barrios Universitario, Pacífico, Napostá, la Falda y Centro, expresaron "su profunda decepción" ante el fallo del juez correccional Gabriel Rojas que anuló la sentencia del juez de faltas Ricardo Germani, en el caso de la construcción de una vivienda multifamiliar en calle Fuerte Argentino 133.

El edificio fue aprobado por la Municipalidad con un piso más al permitido para la zona --4 en lugar de 3--, hecho que motivó una denuncia de los vecinos.

Derivado el caso al Juzgado de Faltas, Germani determinó una multa de 15 mil pesos para los titulares del bien, la prohibición de construir tres departamentos monoambientes y el cambio de destino del piso cuestionado, pasando a ser un área de uso común.

Apelada la sentencia, el juez Rojas anuló lo actuado por Germani, disponiendo la absolución de los propietarios y los profesionales actuantes y dejando en manos de la comuna la toma de una decisión sobre el tema.

En su comunicado, la CVI informó que mañana presentará un recurso en el juzgado contencioso administrativo --buscando revertir la decisión de Rojas-- y realizará una denuncia penal contra el arquitecto Alberto Casali, titular del área de Planeamiento Urbano municipal, responsable de haber aprobado la obra.

La CVI concentró sus críticas en el fallo de Rojas, al tiempo de ponderar la sentencia realizada por Germani.

"Nos llama la atención la escasa fundamentación y la falta de argumentación del veredicto de Rojas", señalaron, al tiempo de destacar el fallo de Germani que --aseguraron-- "aportó abundante bibliografía técnica" sustentando sus conceptos.

"Su dictamen ha sido el de un juez comprometido con la justicia y con la sociedad", agregaron.
Concluyeron sosteniendo que Rojas ha tenido, en este caso, "poca dedicación y que pareciera despreocuparse por las consecuencias que su sentencia tendrá en la construcción y en la credibilidad del poder judicial".

Asimismo, criticaron su decisión de fundamentar el fallo en un comunicado de prensa del Colegio de Arquitectos de la provincia de Buenos Aires, al que calificaron como "un verdadero disparate".
"El colegio planteó al 'ambigüedad' del significado de 'pisos y plantas' de un edificio, sin fundamento técnico, cuando tanto los arquitectos Mario Marrafini como José Luis Fernández --firmantes de esa nota en calidad de presidente y secretario de la entidad-- han realizado varias obras sin observar nunca 'otra' interpretación".

"La resolución de Rojas premiará, de ahora en más, a quien quiera sacar provecho de las ordenanzas, interpretando la legislación de acuerdo con sus intereses", indicaron los vecinos.

Ana María Lloret, titular de la CVI, manifestó que, teniendo en cuenta su fallo, "Rojas vive en un barrio privilegiado o en una burbuja", asegurando que "ignora la problemática local". "No pensó como vecino y escuchó una sola campana", agregó.

Por último, consideró "razonable" la decisión de Germani de no mandar demoler el piso excedente de calle Fuerte Argentino.
"Era un despropósito ordenar una demolición que puede causar perjuicios a los vecinos. Pero, sin dudas, debía haber una sanción a una obra que no ha sido hecha correctamente", señaló.


Críticas a los arquitectos

La CVI ensayó duras críticas contra el Colegio de Arquitectos, señalando que su titular, Mario Marrafini, "utiliza la descalificación como mecanismo sistemático para refutar los reclamos vecinales".

"No debe olvidar (Marrafini) que el CPU vigente lo creó un colega suyo y que, en su momento, calificó de 'nefasta' la ordenanza 14.563, denominada corralito urbano", puntualizaron.
Los vecinos presentaron a la prensa la planilla mediante la cual se gestionó el proyecto de Fuerte Argentino, refutando la opinión del Colegio de Arquitectos acerca de que el expediente "respetó la normativa vigente y se ajustó al CPU en todos sus aspectos".

"Eso es incorrecto. El edificio tenía permitido una cantidad inicial de metros cuadrados, que se incrementó de manera irregular. Así sumó 270 metros cuadrados adicionales. Nuestra conclusión es que fueron tan generosos en otorgar superficie que necesitaron un piso más para poder utilizarla", indicaron.

Sobre niveles y pisos

"Todos sabemos que una casa de dos pisos tiene planta baja y un piso, no hay vuelta de hoja". De esta manera se manifestó Oscar Buratovich, secretario de la CVI, sobre la libre interpretación que pretendió realizar el Colegio de Arquitectos acerca de cómo se cuentan tres pisos en una construcción.

"El CPU tiene un glosario técnico. Allí dice que la altura de una edificación será medida desde el nivel de cordón hasta la azotea terminada, sobre el último local habitado. Eso no da lugar a dudas", explicó

Un día la gente se cansó EXPLOTÓ y comenzó a actuar !


Corte de calle en contra de una construcción

Los vecinos insisten sobre la saturación y el colapso de los servicios básicos por falta de infraestructura adecuada.

Vecinos de Alvarado al 1100, y arterias aledañas, realizaron ayer el primer corte parcial de esa calle, como rechazo a la futura construcción de un edificio de 10 pisos, en particular, y a cualquiera otra obra de carácter multifamiliar que se pretenda levantar en ese barrio.

"Nos movilizamos para poner en conocimiento de la población y del municipio que no vamos a permitir la ejecución de ningún tipo de edificación multifamiliar en esta cuadra", señaló María del Carmen Cónsoli, vecina del lugar.

La mujer explicó que la medida busca evitar ese tipo de obra debido al impacto "ambiental y social" que las mismas provocan y atento a que la reformulación del Código de Planeamiento Urbano (CPU) impedirá --de acuerdo con los vecinos-- ese tipo de emprendimientos.

"Estamos decididos a manifestarnos en contra de estos edificios y demostrar nuestra profunda oposición a toda edificación que no califique como unifamiliar, porque sabemos que el nuevo CPU nos protegerá", agregó Cónsoli.

La vecina insistió sobre "la saturación y el colapso" de los servicios de agua y cloacas y la congestión de los sistemas energéticos, gasíferos y vehiculares por falta de infraestructura adecuada, situación que afecta --según explicó-- la sanidad ambiental y la calidad de vida vecinal, "alterando y degradando el bienestar de todos".

Indicó, además, la pérdida del valor inmobiliario de las propiedades del lugar, con una devaluación que --aseguró-- "ronda un 50 por ciento".

Con esos argumentos es que decidieron realizar el corte de la cuadra entre las 12 y las 14, a partir de ayer, durante todos los días que sean necesarios "hasta obtener una respuesta del municipio".

"Solicitamos a las autoridades que impongan un criterio protector y apelamos a la responsabilidad social del señor Ricardo Del Fino y sus colaboradores, arquitectos Gerónimo Barcelona Corte y Natalia De Fino, para que desista del proyecto", finalizó.

El "piquete" incluyó la colocación de varias gomas ocupando la mitad de la calzada.

El corte vehicular fue parcial, por cuanto dejó una mano de circulación, y se hizo entrega a los conductores de un folleto explicando el motivo de la manifestación.

Una pancarta con la leyenda "Delfino: no queremos la construcción de Alvarado 1161", acompañó la protesta.

Un proyecto en inicio

El expediente del edificio de 10 pisos que se piensa levantar en Alvarado 1161 se encuentra --de acuerdo con los dichos de los habitantes de la cuadra-- sin iniciar, aunque ya tienen datos precisos sobre ese emprendimiento. De hecho, puede verse todavía el inmueble que se demolerá para dar lugar a la obra.

"No han tramitado nada todavía, por eso empezamos a actuar ahora, para anticiparnos a un mal mayor. No podemos seguir dentro de nuestras casas con los brazos cruzados. Decidimos salir a la calle y exponer nuestro problema de una manera diferente, a ver si tenemos una respuesta".

martes, 7 de septiembre de 2010

Contestación de los vecinos al FALLO del Juez Gabriel ROJAS que anuló lo actuado por el Juez de Faltas GERMANI.

Ante el vergonzoso Dictamen del Juez Gabriel ROJAS que legaliza una INJUSTICIA, la C.V.I. emtió un Comunicado de Prensa.

Documento de Prensa
–Apelación del expediente de construcción de la calle Fuerte Argentino 133-

En primer término queremos expresar nuestra profunda decepción por el fallo del Juez Correccional Gabriel ROJAS anulando el dictamen del Juez de Faltas sobre la construcción de la calle Fuerte Argentino 133.

Nos llama la atención la escasa fundamentación y la falta de argumentación del citado veredicto, en contraposición con el del Juez GERMANI; éste, para sustentar los conceptos principales del caso aportó abundante bibliografía técnica, especialmente al describir el significado de “plantas” ó “pisos”. Su dictamen ha sido de un Juez comprometido con la justicia y con la sociedad en la cual ejerce su función.

Por el contrario el magistrado ROJAS para fundamentar positivamente la apelación recurre a un informe brindado por el Colegio de Arquitectos – que plantea una supuesta “ambigüedad” en la interpretación conceptual entre pisos y plantas, sin sustento técnico; verdaderamente un disparate ! Le aclaramos al Sr. Juez que los firmantes de dicha declaración (Arquitectos MARRAFINI y FERNANDEZ) han realizado varias construcciones en la ciudad con los actuales códigos y en las mismas han cumplido las normas de altura que la zonificación les indicaba. En ellas no observaron nunca “otras” interpretaciones…

El Juez ROJAS olvidó considerar que en los años de vida del Código de Planeamiento Urbano (diecisiete años) jamás hubo una presentación por parte de dichos profesionales para rectificar y sanear las definiciones que, según su criterio, no son claras. Oportunidades hubo. La sanción de la última ordenanza -14.708- fue una ocasión propicia para ello.

Pero lo que aclara el tema y que no fue tenido en cuenta por el magistrado son dos cuestiones. La primera es que a dos cuadras de la edificación en “crisis” –por Fuerte Argentino 133- existen varios edificios que fueron construidos con la altura que corresponde a la zonificación del área (Anillo) de tres plantas. Los profesionales que intervinieron en dichos proyectos conocían la limitación de altura que exigía la zonificación y cuantos pisos se podía construir. Por casualidad, ellos pertenecen al Colegio de Arquitectos de Bahía Blanca. La segunda es la confesión del Director de Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Bahía Blanca (Arquitecto Alberto Casali), pública y ante el juez de Faltas, de la transgresión cometida en el expediente en cuestión. Dr. ROJAS, ante la aseveración del funcionario reconociendo la culpabilidad, QUE SE NECESITA PARA QUE EL FALLO SEA CONDENATORIO !!

La resolución que ha emitido el Juez ROJAS premiará de ahora en más al que quiera sacar provecho de las ordenanzas forzando e interpretando la legislación de acuerdo a sus intereses.

Concluimos que vuestra señoría ha tenido en este caso poca dedicación a su estudio y pareciera despreocuparse sobre las consecuencias que su sentencia provocará en los expedientes de construcción edilicias y también en la credibilidad del poder Judicial en la sociedad.

Porque creemos en la justicia y en la honorabilidad de los jueces, el miércoles venidero presentaremos (con respecto a este expediente) un recurso en el juzgado Contencioso Administrativo y la denuncia penal al Arquitecto Casali.

Queremos referirnos también a la actitud que viene demostrando la comisión directiva del Colegio de Arquitectos de la ciudad de Bahía Blanca, principalmente de su presidente, Arquitecto Mario MARRAFINI, con aquellos que piensan distinto sobre el urbanismo, la normativa del Código de Planeamiento urbano y la interpretación de las ordenanzas. Utiliza la descalificación como mecanismo sistemático para refutar los reclamos que los vecinos vienen haciendo desde hace tiempo.

Se olvida el Arquitecto MARRAFINI que quien diagramó y creó el Código de Planeamiento Urbano vigente (herramienta que critica siempre que puede) es un colega suyo con el que trabaja actualmente enla Agenda de Desarrollo del H.C.D. para la reformulación urbana de las distintas áreas de la ciudad.

Se olvida que calificó de NEFASTA la ordenanza 14.563 -corralito urbano- en la que tanto él como el arquitecto Vogel fueron sus principales mentores.

Se olvida que defendió a un colega suyo, el arquitecto Soteras, que fue echado por el actual Gobierno Municipal al hacerlo responsable de la violación de la misma normativa que él ayudó a crear.
Se olvida de muchas cuestiones, entre ellas, que los que son parte del problema en la construcción se empeñan en ser parte de la solución.

No se confunda, una decisión de un Juez avalando una irregularidad no le da licencia para imponer sus criterios en forma unilateral y arbitraria.

Quedamos a su disposición para debatir los distintos temas presentes en la actual reformulación urbana; solo fije fecha, hora y lugar.

La Comisión Vecinal Interbarrial no respaldará ninguna reformulación del Area Central, que incluye los barrios Napostá y Universitario, que no contenga los pedidos presentados por esta comisión y por los vecinos de esos lugares.

Finalmente, esta asociación apoya el reclamo de los vecinos de Alvarado 1100, porque el mismo forma parte de la problemática que viene aquejando al barrio Universitario.


Walter FONSECA Vice presidente
Oscar BURATOVICH Vocal

Los vecinos cansados de la falta de respuesta a sus problemas con el AGUA y las CLOACAS, decidieron actuar . . . .





COMUNICADO DE PRENSA


Los vecinos de Barrio Universitario, de calle Alvarado al 1100, les informamos que nos movilizamos para poner en conocimiento que no vamos a permitir la construcción de ningún tipo de edificación en ésta cuadra debido al alto impacto ambiental y social que provoca su construcción teniendo en cuenta que estamos en emergencia hídrica y sanitaria.
Estamos decididos a manifestarnos en contra de esta clase de construcciones y a demostrar nuestra profunda oposición a todo tipo de edificaciones que no califiquen como vivienda unifamiliar porque sabemos de la inmediata Reformulación del Código de Planeamiento Urbano que establecerá que este sector del Barrio Universitario se protegerá de las construcciones multifamiliares.

Las autoridades y la sociedad deben considerar:

1. La saturación y el colapso de los servicios de agua y cloacas, la congestión en los sistemas energéticos, vehicular, y gasífero por falta de infraestructura adecuada. Todo lo cual hace insostenible cualquier tipo de edificación multifamiliar en este sector y más específicamente en esta cuadra.
2. Que al afectar la sanidad ambiental provoca la pérdida de calidad de vida del vecino, que se manifiesta en la modificación, alteración y degradación del bienestar de todos.

3. La pérdida de los valores inmobiliarios de las viviendas del sector, cuya devaluación ronda un 50%. Solicitamos a las autoridades que impongan un criterio protector para los vecinos de Barrio Universitario.
Anunciamos que todos los vecinos de Alvarado al 1100 y calles linderas seguiremos manifestándonos en contra de la construcción de viviendas multifamiliares, con diferentes acciones que serán de público conocimiento. A partir de hoy cortaremos la calle en la cuadra de Alvarado al 1100 todos los días durante dos horas (12.00 hs. a 14.00 hs.) hasta obtener una respuesta favorable.
Por último apelamos a la responsabilidad social y empresarial del Sr. Ricardo Delfino y sus colaboradores: Arq. Gerónimo Barcelloni Corte y a la Arq. Natalia De Fino y le solicitamos que DESISTAN DEL PROYECTO de construcción de un edificio en Alvarado 1161

LOS VECINOS DE ALVARADO AL 1100……

viernes, 3 de septiembre de 2010

El FALLO de la VERGUENZA en el caso de Fuerte Argentino.

Expediente número Tres Mil Doscientos Treinta y Siete.-
Número de Orden: ______________
Libro de Sentencias Contravencionales Número Doce.-


//hía Blanca, 26 de Agosto de 2010.-
Autos y Vistos:
El recurso de apelación interpuesto por los infraccionados Carlos Barsky y mariela Verónica Messina, con el patrocinio letrado de los doctores Juan Manuel Martinez Eizaguirre y Victor Hugo Colace a fs. 87/96, y por María Cecilia Iturrioz y Juan Pablo Guerrero, con el patrocinio del doctor Pablo Daniel Reynafé a fs. 99/107 vta., contra la resolución de fs. 72/84 vta., que condena a los nombrados en primer término como autores contravencionalmente responsables de la conducta prevista en los artículos 1.1.1.1 del Código de Edificación y art. 1.3 del Código de Planeamiento urbano y Código de Zonificación y a Cecilia Iturrioz y Juan pablo Guerreo como autores responsables por infracción a los artículos 1.1.1.1 y 1.4.3.3 inc. f del Código de Edificación.-

Y considerando:

Que revistada la causa existe un compendio de vicios procedimentales conculcatorios del derecho de defensa en juicio, y en cuya base se encuentra, como más adelante lo desarrollaré, la propia competencia que se atribuye el a quo en materia que le era claramente ajena, en lo que concierne al acto administrativo que se dice nulo.
En primer término -y como señalan los recurrentes- el acta de fs. 1 no cumple los requisitos mínimos establecidos por el artículo 38 del decreto ley 8751/77, esencialmente en lo que atañe al hecho imputado, al que, amén de no describírselo, tampoco se lo encuadra prima facie en la normativa presuntamente infringida.-

Que en línea con este vicio inicial, al momento de generarse los descargos –conf. Art. 46 del citado decreto- se hizo saber a los apelantes la norma que se dice infraccionada –art. 1.1.1.1-, aunque vinculándola a tres cuerpos normativos distintos (Código de Edificación, Código de Zonificación y Código de Planeamiento Urbano), cuando en realidad corresponde a uno solo de ellos, lo que juega contra la precisión que exige la imputación, e impide siquiera responder al principio de congruencia procesal. Porque además, ya en el acto sentencial se agregó otro encuadramiento, nunca antes informado, que torna manifiesta la violación a tal principio y pone en crisis toda defensa posible.-
Por otra parte, a poco que se analice la única falta que se hizo saber a todos los procesados –art. 1.1.1.1 del Código de Edificación-, se advierte claramente que la misma se vincula a las construcciones sin permiso, mientras que en el curso de la investigación se estableció sin ambages –y así lo reconoce el a-quo en su sentencia- que, -sea o no por error- lo que corresponde despejar a otras instancias administrativas- tal permiso fue efectivamente requerido y autorizado por el área pertinente de la Municipalidad de Bahía Blanca, lo que además podría haberse conocido ya desde un inicio si se hubiesen cumplido los requerimientos de rigor respecto de los arquitectos intervinientes.-
No me pasa por alto que la calificación que agrega el sentenciante a fs. 72/ 84 vta., -art. 1.3 del código de Planeamiento Urbano con relación a los infraccionados Barsky y Messina, y art. 1.4.3.3 inc. f del Código de Edificación con respecto a Iturrioz y Guerrero-, sin oportunidad de defensa para los procesados y violando el principio de congruencia procesal, marco un intento tardío por el que busca imputarlos respecto de la construcción del último piso, que dice conculcatorio de la norma en cuestión.-
Desde luego que esa falla del a quo, concatenada con los restantes vicios ya indicados, determina la nulidad del decisorio, más allá de lo dudoso que –en su caso- pudiere resultar la tipicidad subjetiva, a partir de la autorización otorgada por la autoridad de contralor.-
Consecuente, como lo llevo lo dicho reiteradamente a partir del fallo Mattei de la CSJN, no siendo los vicios invalidantes atribuibles a los infraccionados, y a partir del estadio alcanzado por el trámite, no corresponde retrotraer las actuaciones. Sí en cambio resolver a partir de la orfandad probatoria y parcial falta de mérito ya analizada.-
A mayor abundamiento señalo que, si bien asiste razón al Juez de faltas, en cuanto a que el principio de legitimidad/validez que gobierna los actos administrativos cede frente a la existencia de un vicio manifiesto, y así lo sostuvo la CSJN en fallo “los lagos S.A.”; he de apuntar, en primer término, que no estamos aquí en presencia de un defecto del acto que surja manifiesto, por cuanto existen diferentes interpretaciones posibles a la expresión “tres pisos” a que alude el Código de planeamiento urbano, y esto se evidencia a partir del propio informe del Código de Planeamiento Urbano, y esto se evidencia a partir del propio informe del Colegio de Arquitectos glosado a fs. 68 – que en alusión a la altura máxima permitida refiere que se trata de una definición “ambigua”. En segundo término, no podemos pasar por alto que dicho acto –amén de la causal de anulidad que pudiere contener por razones de legalidad- se encuentra firme y consentido, que ha generado derechos subjetivos a favor de particulares, y que además se encuentra produciendo efectos, habiéndose iniciado las pertinentes obras por él aprobadas.-
Por lo expuesto, es que he de sostener –a partir del juego armónico de disposiciones contenidas en la Ordenanza general nro. 267 que existiendo en el acto administrativo en crisis un posible vicio que lo toma eventualmente anulable por cuestiones de ilegalidad, será la autoridad administrativa otorgante del acto en cuestión –y con competencia a esos fines- o en su defecto, el Órgano Superior Jerárquico, la que deberá gestionar la anulación del mismo por el procedimiento previsto a esos fines.-
Por ello, RESUELVO:
Declarar la nulidad del decisorio recurrido de fs. 72/84 vta. y consecuentemente absolver libremente de culpa y cargo a Carlos Barsky, Mariela Verónica Messina, María Cecilia Iturrioz y Juan Pablo Guerrero, respecto del hecho que se les imputara como cometido en esta ciudad de Bahía Blanca y constatado con fecha 21 de mayo de 2010. Ello sin perjuicio del conocimiento y decisión –aún pendiente- que corresponde a la instancia administrativa, obviado por el a quo (arts. 203 y 201 del C.P.P. en función de lo normado por el artículo 60 del decreto ley 8751/77). Regúlanse los honorarios por la labor desarrollada por los doctores Juan Manuel Martinez Eizaguirre -T° VII F°22 CABB-y Victor Hugo Colace -T°XI F°16 CABB-, en orden a la labor cumplida ante esta instancia y a lo normado por los artículos 13, 16, 31, 51, 54 y 57 de la ley 8904/77 en la suma correspondiente al diecisiete por ciento (17%) de lo regulado en la instancia de origen. Regúlanse los honorarios por la labor desarrollada por el doctor Pablo Daniel Reynafé –T°X F°91 CABB-, en orden a la labor cumplida ante esta instancia y a lo normado 16, 31, 51, 54 y 57 de la ley 8904/77 en la suma correspondiente al veinticinco por ciento (25%) de la que se le fije por su labor ante la instancia originaria. Los mencionados honorarios deberán ser abonados con más adicional del 10 % establecido por el art. 12 inc. a) de la ley 6716, dentro de los diez día de consentido o ejecutoriado el auto de que los establezca y liquide. Extráigase copia para integrar al protocolo. Expídase testimonio conforme lo dispuesto en la Acordada n° 2153 de la Suprema Corte de Justicia. NOTIFIQUESE, a cuyo fin, y para la prosecución del trámite, vuelva a la Instancia de Origen. Previo a ello comuníquese el resultado al señor Presidente de la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal departamental a los fines registrables.-