La comisión técnica de la Comisión Vecinal Interbarrial, luego de examinar el expediente de construcción de Fuerte Argentino 133 encontró conceptos utilizados para incrementar el valor del F.O.T. ó para descontar metros construidos a la superficie total del proyecto que no se encuentran en el Código de Planeamiento Urbano ni en la Ley Provincial 8912; como así también la indebida utilización de la Ordenanza 10815 -Centro Libre de Manzana-.
Mediante notas al Juez de Faltas N° 1 -Dr. Ricardo GERMANI- y al Presidente de la Comisión de Obras Públicas y Urbanismo del Honorable Concejo Deliberante - Roberto URSINO- se describió dicha situación.