sábado, 19 de mayo de 2012

El escaso control Municipal sobre las empresas prestadoras de servicios. Caso: EDES

La Comisión vecinal Interbarrial envío al Intendente municipal carta documento solicitando intervenir ante la empresa provincial de energía EDES, quién incumple con el soterramiento del tendido aéreo en el sector del micro y macro centro. Ante problemas en el cableado solo lo recambia. Incumpliendo legalislación vigente como se aprecia en la Carta Documento que se adjunta.


TEXTO COMPLETO DE LA CARTA DOCUMENTO

En mi carácter de Vice Presidente de la COMISION VECINAL INTERBARRIAL Asociación Civil (Expediente: 21.209 – 163.533, Legajo: 01/170.502, PJPBA), me dirijo a Ud. a fin de hacerle saber lo siguiente: 1-) Ante los múltiples incumplimientos de parte de la empresa EDES (Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A.) a cumplir con el articulado 2 de la ordenanza 8959/1995 (“Las Empresas prestatarias deberán prever la transformación paulatina de las actuales instalaciones aéreas ubicadas en el sector indicado en el "artículo 1º, tendiendo a su ubicación en forma subterránea a medida que el deterioro u obsolencia de los cableados existentes así lo requieran, no permitiéndose el reemplazo de cables o elementos de sostén por esos motivos"). Dicha afirmación se respalda por los sucesos acontecidos últimamente en nuestra ciudad en los que dicha empresa está involucrada; por ejemplo la denuncia pública- 11 de enero de 2012 -realizada por nuestra asociación sobre un evento producido el 5 de ese mismo mes en la calle Amundsen al 700; 2-) Que el artículo 3 de la ordenanza en cuestión -“El Departamento Ejecutivo queda facultado para intimar el retiro de las instalaciones aéreas existentes y su reemplazo por instalaciones subterráneas, cuando existan razones de seguridad pública o de desarrollo urbano que así lo requieran, a solo juicio de la Municipalidad. En cuyo caso se otorgarán los plazos pertinentes a las Empresas prestatarias de los servicios respectivos”- acredita al ejecutivo municipal a exigir a dicha empresa su encuadramiento legal. Por todo lo expuesto y en virtud de una despreocupación manifiesta por parte de su gestión municipal de hacer cumplir los anteriores conceptos expresamente legislados en los articulados de la ordenanza municipal 8958/95, lo intimo a que en el menor plazo posible en uso de sus facultades haga cumplir con las obligaciones de ley a la empresa EDES (Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A.) para evitar cualquier situación irremediable. Asimismo lo hago responsable directo por cualquier acontecimiento que conlleve pérdidas materiales y humanas producto del incumplimiento de la legislación mencionada y en la cual usted tiene intervención directa. Todo ello bajo apercibimiento de denunciar los incumplimientos a la Justicia en lo Contencioso Administrativo, al igual que promoveremos las acciones civiles como penales por incumplimientos a sus deberes de funcionario público y demás que hagan al derecho de los ciudadanos de Bahía Blanca por claras y manifiestas violaciones a las leyes y los códigos de la materia. Queda Ud. debidamente notificado. Bahía Blanca, abril 10 de 2012
Walter Daniel FONSECA