Reflexiones sobre lo que está sucediendo con las construcciones
El Código de Planeamiento Urbano actual, vigente desde principios de 1990, contraviene la Ley Provincial 8912 de Ordenamiento Territorial que establece el marco de referencia para el Uso del Suelo en los municipios de la provincia de Buenos Aires., y por eso ha permitido el desastre urbanístico que desde el 2003 se instaló en los Barrios Universitario, La Falda y Napostá, aunque el fenómeno ya se trasladó a otros sectores de la ciudad.
La presión de los vecinos señalando a la Municipalidad de Bahía Blanca “los puntos flojos” donde el Código de Planeamiento se aparta de la Ley 8912 logró de las autoridades el compromiso de promulgar un Código nuevo, y desde hace unos meses había equipos trabajando en él y se convocaba a reuniones abiertas en las que algunos vecinos participamos.
En esas reuniones, defendemos para los barrios citados y toda la ciudad (como lo venimos haciendo desde hace tiempo) el apego a la legalidad o sea, el cumplimiento estricto de la Ley 8912 y dentro de ella, principalmente, el respeto a la densidad poblacional por manzana y por parcela (según la zonificación), y la anulación de distintos premios que permiten aumentar mucho la superficie construida, para evitar así la especulación urbana, la pérdida de calidad de vida, y el deterioro de los servicios básicos cuya infraestructura es insuficiente y obsoleta.
Desde el mes pasado, y debido quizás (?) a las elecciones, todas estas reuniones están suspendidas y hay absoluto silencio sobre la reforma del Código de Planeamiento Urbano.
Respecto al estado actual de las cosas, nada ha cambiado en esencia pues se siguen aprobando expedientes de construcción de viviendas multifamiliares bajo el Código vigente. Los parches que se le hicieron al levantar el “Corralito” (sin contar con la opinión de los vecinos) fueron cosméticos y no atacaron el problema de la densificación exagerada y el abuso en el otorgamiento de premios que permiten a las empresas constructoras edificar en cada proyecto más metros cuadrados de los que corresponderían, y lo van a seguir haciendo mientras no se corrija realmente este Código, o se lo derogue. No tenemos constancia de que se esté exigiendo la factibilidad de servicios.
Mientras tanto, el único recurso que le queda al vecino es cuestionar judicialmente el acto administrativo que aprueba cada expediente por contravenir la Ley Provincial 8912 de Ordenamiento Territorial que es de rango superior al Código de Planeamiento Urbano. (Ya hay una sentencia favorable en primera instancia de un vecino de calle Mitre y otro recurso en trámite de vecinos de calle Nicaragua).
Las notas y reclamos dirigidas a Obras Públicas, Planeamiento Urbano, Obras Particulares, al Intendente, los concejales (no importa el partido al que pertenezcan), la Comisión de Obras Públicas o la denuncia al Tribunal de Faltas, como hemos podido verificar en innumerables oportunidades, no sirven para nada.
Por favor difundan lo que se describe entre vecinos y conocidos que estén o pudieran verse afectados por el tema de las construcciones multifamiliares. Estamos a su disposición para asesorarlos sobre el tema.
En cuanto a LA REFORMA, parece que se ha dejado de lado por las elecciones....